• La CE está acabando de evaluar si la legislación sobre desahucios de España se ajusta a las normas de la UE.
En respuesta a los fallos del TJUE, España «modificó la disposición que impedía que los deudores interpusieran recurso de apelación contra la resolución que desestimara su oposición a la ejecución, si esta se basaba en la existencia de una cláusula contractual abusiva en el contrato de préstamo». Lo hizo mediante un Real Decreto de medidas urgentes en materia concursal el pasado 5 de septiembre. «Aunque ese es un primer paso positivo», según admite la responsable de Justicia, la Comisión «está ahora acabando de evaluar si España cumple plenamente lo dispuesto» en la directiva sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, en particular «tal y como ha sido interpretada por el TJUE».
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