• 4 novedades fiscales para autónomos de cara al 2015

    La Reforma fiscal del gobierno entrará en vigor en 2015 incluyendo cambios normativos, algunos de ellos también planteados ya para el 2016. Te los resumimos:

    1. Las retenciones. En general, la retención para profesionales pasará al 19% en este nuevo año y al 18% en el 2016; en cuanto a los nuevos autónomos profesionales, seguimos con el 9%, el ejercicio de inicio de actividad y los dos siguientes.

    En el caso de que, como autónomo, tengas una renta anual íntegra menor a 15.000 euros y suponga más del 75% del conjunto de rendimientos del trabajo y actividades económicas pasarán del 21% actual al 15%, algo que ya se puso en marcha a través de un Decreto Ley desde el pasado julio.

    2. Régimen de módulos. Desde el 01/01/2016 se excluirán del régimen de módulos las actividades que facturen a personas físicas menos del 50%, además también quedan excluidas las actividades a las que se aplica la retención del 1% como la fabricación o la construcción y permanecerán la agricultura, ganadería, restauración y desplazamiento en taxi. Para calcular el volumen de rendimientos íntegros se tendrán en cuenta todas las operaciones con independencia de que exista o no obligación de emitir factura por ellas.

    Además, el método de estimación objetiva no podrá aplicarse cuando el volumen de los rendimientos íntegros del año inmediato anterior, que corresponda a operaciones por las que estén obligados a expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional, supere 75.000 euros anuales. Asimismo, si el volumen de compras en bienes y servicios del ejercicio anterior sobrepasa el importe de 150.000 euros, tampoco será posible determinar el rendimiento neto a través de módulos.

    3. Supresión de gastos de difícil justificación. En el régimen de estimación directa, modalidad simplificada, que es el que aplican casi todos los autónomos que no están en módulos, tan solo se producen dos cambios o novedades:

    1. En 2015 y siguientes, se reduce el importe neto de cifra de negocios en el año inmediatamente anterior para el conjunto de actividades de 600.000 euros a 500.000 euros, a efectos de aplicar la modalidad simplificada del método de estimación directa.

    2. Desde 2015, el importe que se deducía por provisiones y gastos de difícil justificación del 5%, se mantiene, pero se establece un importe máximo por este concepto de 2.000 euros anuales de deducción.

    4. Alquiler de locales. El tipo de retención por los alquileres de uso distinto al de vivienda actual del 21% pasa al 20% en 2015 y al 19% en 2016.

     

    e-autonomos.es

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