• Deducción por guardería en la renta

    • El cuidado de los hijos menores de tres años puede ser complicado para padres y madres trabajadores. Por eso varias comunidades incluyen deducciones autonómicas por los gastos de guardería. Descubre si la tuya es una de ellas.

    Conciliar vida familiar y laboral es complicado, especialmente antes que los niños cumplan los 3 años y puedan escolarizarse. Las alternativas pasan por que uno de los padres o un familiar se quede con el niño en casa, contratar a una persona para que cuide de él o, lo que suele ser más habitual, llevarlo a una guardería.

    El problema es que las plazas en las guarderías públicas son limitadas e incluso éstas no son gratuitas. Para favorecer a las familias en esta situación los gobiernos autonómicos suelen disponer de ayudas en forma de cheques guardería de diferentes cuantías -en Madrid es de entre 100 y 150 euros por niño-. Además, muchas completan este apoyo con deducciones en la declaración de la renta para el tramo autonómico.

     

    Recuerda que en la declaración de la renta hay una parte del impuesto que es estatal, igual para todos los españoles y con unas deducciones comunes, y otra que es autonómica, para que el tributo se adecue a las particularidades y objetivos de cada región. En esta última parte es donde podrás encontrar las deducciones por gastos de guardería, aunque no todas las comunidades las incluyen. Éstas son las que sí:

    Canarias

    La cuantía de la deducción asciende al 15% de las cantidades que hayas pagado en concepto de guardería por niños menores de 3 años que convivan con el contribuyente. El límite de la deducción será de 400 euros y además sólo está disponible para los progenitores que trabajen fuera del domicilio familiar por lo menos durante un periodo de 900 horas al año.

    Además, la base imponible general, según figura en la casilla 430 de la página 12 de la renta 2014, no podrá ser superior a 39.000 euros en tributación individual y 52.000 euros en la conjunta. La ayuda se prorrateará en las declaraciones indivuduales, de forma que cada progenitor podrá desgravar un máximo de 200 euros.

    Castilla y León

    Se incluye una deducción para quienes deban dejar a los hijos menores a cuidado de una persona empleada de hogar o en guarderías y centros infantiles.

    La cuantía de la deducción se articula de la siguiente forma:

    • EL 30% de las cantidades satisfechas a la empleada del hogar hasta un límite de 322 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.
    • El 100% de los gastos de preinscripción y matrícula y los de asistencia en horario general y ampliado y en gastos de alimentación con un máximo de 1.320 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.

    Para poder acceder a esta ayuda, ambos padres deben estar trabajando y dados de alta en la seguridad social y la base imponible general más la del ahorro menos el mínimo personal (casillas 430 y 445 menos la casilla 515) no debe superar los 18.900 euros en tributación individual o los 31.500 euros en la modalidad conjunta.

    Las cantidades que queden sin deducir en el ejercicio 2014 podrán trasladarse a los tres siguientes ejercicios fiscales.

    Extremadura

    Los papás extremeños podrán deducir el 10% de las cantidades destinadas a la guardería con un máximo de 220 anuales por unidad familiar.  Para ello, la suma de sus bases imponible general y del ahorro no podrá ser superior a 19.000 euros en tributación individual ni 24.000 euros en tributación conjunta.

    Murcia

    En el caso de la deducción por guardería en Murcia, el gobierno autonómico distingue dos casos:

    • Unidades familiares integradas por ambos cónyuges no separados y los hijos menores: podrán deducir un 15% de las cantidades aportadas hasta un máximo de 330 euros en tributación individual y 660 en tributación conjunta siempre que ambos padres trabajen fuera del domicilio familiar y que su base imponible general menos el mínimo familiar no supere los 19.360 euros en tributación individual ni los 33.880 en conjunta ni la base imponible del ahorro sea superior a 1.202,02 euros.
    • Unidad monoparental compuesta por uno de los padres y los hijos menores. Podrán deducir un 15% del coste de la guardería, manteniéndose los límites del apartado anterior en cuanto a la base imponible.

    Valencia

    Los valencianos que dejen a sus hijos en la guardería o en centros de primer ciclo de educación infantil podrán desgravar el 15% de las cantidades satisfechas hasta un máximo de 270 euros por hijo menor de tres años. Para ello, ambos progenitores deben trabajar y la suma de su base liquidable general y del ahorro no podrá superar los 25.000 euros en declaración individual ni los 40.000 en conjunta.

    Cuando los dos contribuyentes tengan derecho a percibir la deducción, ésta se prorrateará por la mitad.

    Estas son las deducciones por gastos de guardería. Si además fuiste mamá en 2014 podrás añadir distintas deducciones por maternidad con carácter general y autonómico -recuerda que algunas se aplican hasta que los niños tienen tres años-.

     

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    https://blog.hernandez-vilches.com/prestacion-maternidad-esta-exenta-tributar/

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