Medidas para la conciliación familiar 2018
Si vas a ser padre o madre este año, es importante que conozcas qué bonificaciones, requisitos y prestaciones tienen los trabajadores por cuenta propia
Si vas a ser padre o madre durante este año 2018, hay mucha información que debes conocer, como los días de permiso que te corresponden, los requisitos para solicitar la baja por maternidad o paternidad, las bonificaciones existentes y la prestación que recibirás mientras dure la baja.
Autónomos
Las madres autónomas podrán disfrutar de 16 semanas de baja, mientras que los padres tendrán un mes, en las mismas condiciones que las madres. No obstante, aunque las primeras 6 semanas deben ser disfrutadas por la madre de forma obligatoria, las 10 siguientes pueden ser disfrutadas por cualquiera de los dos. Lo mismo ocurre si se adopta a un menor de 6 años o si se inicia una tutela familiar dependiente.
Requisitos para solicitar la baja maternal o paternal:
1.- Estar dado de alta en la Seguridad Social y en Hacienda
2.- Esta al día con los pagos (en el caso contrario se contará con un plazo de 30 días para regularizar la situación)
3.- Comunicar el nacimiento o la adopción en un plazo de 15 días
4.- Haber cubierto el periodo mínimo de cotización (180 días entre los 7 años anteriores a la fecha de baja o, de forma alternativa, 360 días a lo largo de toda la vida laboral).
5.- En el caso de ser madre y tener entre 21 y 2 años, el requisito anterior se reduce a 6 meses. Si la madre es menor de 21, no será necesario haber cotizado.
Prestación
Los padres y madres que disfruten de la baja cobrarán el 100% de la base reguladora y la cuota de autónomo estará bonificada al 100%.
Bonificaciones
1.- Bonificación para autónomos vinculada a la contratación, con la que se podrá disfrutar de una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, durante 12 meses, para cuidar a un menor de 12 años o familiar dependiente (mínimo un 33% de discapacidad). Para poder disfrutar de esta bonificación, debes estar dado de alta en el RETA y contratar a alguien que te sustituya durante ese periodo de tiempo.
2.- Bonificación para autónomos para la baja por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o embarazo de riesgo, con la que podrás bonificar el 100% de la cuota de autónomos, durante descansos superiores a un mes.
3.- Bonificación para madres autónomas que se reincorporan, a partir de la cual te podrás acoger a la Tarifa Plana después de disfrutar de tu baja maternal.